
Es un instrumento jurídico previsto en la Ley Nº 24.635 para generar una instancia de conciliación entre los trabajadores y el empleador en conflicto. Mientras negocian, los protestantes deben abandonar la huelga.
La conciliación obligatoria, sin realizar un detalle minucioso, es una convocatoria que dicta un organismo público para que las partes en conflicto -trabajadores (sindicato) y empresarios- tengan una instancia de diálogo para resolver el problema.











